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Gabriela Mistral


martes, 11 de marzo de 2008

MANUAL INFORMATIVO REFORMA PREVISIONAL EN CHILE: SÍNTESIS DE LOS CONCEPTOS FUNDAMENTALES.

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Enero 2008


I. Ideas fuerza a recalcar en las intervenciones sobre Reforma Previsional

(Basadas en el discurso de la Presidenta Bachelet cuando envió el proyecto de ley al Congreso Nacional)

• A través de esta reforma "todos los chilenos y chilenas nacerán con previsión" lo que les entrega una real seguridad mínima a todas las personas, para que vivan tranquilas y sin miedo a ser indigentes en su vejez.

(Concepto a reforzar: Seguridad)

• En esta reforma existió participación ciudadana -que es el sello del gobierno de la Presidenta Bachelet- porque se basó en las sugerencias de una comisión de expertos de todos las corrientes de pensamientos -que recibió los aportes de representantes de distintas agrupaciones sociales- y posteriormente, el gobierno llegó a un acuerdo con los parlamentarios de todos los partidos para mejorar el proyecto de ley, lo que significó el total respaldo político y técnico a esta iniciativa.

(Concepto a reforzar: Legitimidad)

• Esta reforma es la más importante que ha experimentado el actual sistema de pensiones desde que se creó en 1980 y se trata del plan social más ambicioso e importante de la Presidenta Bachelet que cumple con la idea de introducir un pilar solidario en el sistema previsional.

(Concepto a reforzar: Pilar solidario: Gran reforma)

• Esta reforma reconoce a todas las personas como individuos valiosos que, aunque no hayan cotizado en el sistema previsional, han aportado a Chile, entregándoles el derecho a tener seguridad social en su vejez. Termina con las discriminaciones de género, promueve el empleo y el ahorro de los jóvenes y permite una mayor competencia entre las AFP lo que entrega mejor condiciones para sus afiliados.

(Concepto a reforzar: La equidad)

• La Reforma Previsional es una promesa que hizo la Presidenta Bachelet durante su campaña y que está cumpliendo, porque para este gobierno la protección social es clave.

(Concepto a reforzar: Promesa cumplida)

• Esta reforma incentiva la cotización individual por que tiene medidas que premian el esfuerzo de ahorro de las personas para tener una pensión y también a aquellas que aportan para sus ingresos futuros más allá de lo que exige la ley.

(Concepto a reforzar: Premia el esfuerzo de ahorro)


II. Cómo transmitir el mensaje

• Precisión: Es importante ser preciso (a) en la transmisión de los contenidos de la Reforma ya que los beneficios tienen ciertos requisitos. Por ejemplo, si se habla de que las dueñas de casa van a poder recibir pensión, es mejor decir: las dueñas de casa de escasos recursos (o bien, del 40% más pobre para aumentar hasta el 60% en cuatro años).

• Simpleza: Los contenidos deben ser trasmitidos de manera sencilla y clara para que la gente los entienda. Ser concreto, específico, utilizar ejemplos y preguntas para introducir los temas de mayor complejidad.

• Foco: Cada público tiene intereses diversos, en lo general hay que mostrar que se está cumpliendo con un beneficio y un derecho. Para causar mayor o mejor impacto se puede ordenar el mensaje de acuerdo al público al cual se dirige, es decir segmentar el público. Esta misma lógica puede utilizarse para organizar actividades, es decir, escoger al público de acuerdo al mensaje que se quiere entregar. Por ejemplo, si es una actividad con jóvenes, se puede reforzar el mensaje del subsidio a las cotizaciones; si es con mujeres, el bono por hijo nacido vivo; si están con profesionales, destacar la mayor competencia de la industria de AFP que permitirá elevar las pensiones. Esto, sin dejar de lado que el punto que más interesa difundir es el Pilar Solidario.


III. Principales contenidos de la Reforma Previsional

1. Pilar Solidario:

La reforma crea un Sistema de Pensiones Solidarias que beneficiará a quienes, por diversas razones, no logran ahorrar lo suficiente para financiar una pensión digna. Quienes no tienen ahorros previsionales e integran el grupo más vulnerable de la población, accederán a una PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA (PBS) a partir del 1 de julio de 2008, con un valor inicial de $ 60.000. A partir de julio de 2009, accederán a este beneficio el 45% más pobre de la población y la pensión se incrementará a $ 75.000 el 1 de julio de 2009. El 1 de julio de 2010 esa pensión llegará al 50% de la población y así hasta el 2012 en que alcanzará al 60% de la población de menores ingresos.

Para quienes hayan cotizado y reciben una pensión inferior a $ 70.000 en 2008, el gobierno aportará un monto denominado APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS) que permitirá aumentar su pensión. A su vez, el techo máximo de pensión para recibir este beneficio se irá incrementando cada año, de modo tal que en 2012 recibirán APS todos aquellos pensionados que hayan cotizado y reciban una pensión inferior a $ 255.000.

En los primeros años, las pensiones solidarias se concentrarán en los pensionados de menores ingresos, para ir gradualmente alcanzando a las personas que integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población. En 2010 se estima que existirán más de 800 mil beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias, alcanzando en régimen (en 2012) en torno a 1,5 millones de personas.


2. Trabajadoras mujeres:

Las mujeres serán las principales beneficiarias del Sistema de Pensiones Solidarias, ya que se estima que más de un 60% de las PBS serán percibidas por ellas.

Se otorgará UN BONO POR CADA HIJO NACIDO VIVO a todas las mujeres que perciban pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, cuando cumplan 65 años, y a todas las beneficiarias del Pilar Solidario. Este bono equivale al 10% de 18 salarios mínimos. También recibirán este bono los hijos adoptados. A este bono accederán quienes se pensionen desde el 1 de julio de 2009 y también se aplica a los hijos nacidos con anterioridad a esa fecha.

También se establecerá la SEPARACIÓN POR GÉNERO DEL SEGURO DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA. Esto significa que, como las mujeres viven más, el costo de este seguro es menor, esta diferencia se agrega a su cuenta de pensiones aumentándola. Ambas medidas mejorarán las pensiones de las mujeres.

3. Trabajadores independientes:

SE IGUALA LA SITUACIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES de cotización de los trabajadores independientes (a honorarios, es decir que emiten boleta) respecto de los trabajadores dependientes. Tendrán acceso a todos los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, a la Asignación Familiar, podrán afiliarse a las Cajas de Compensación y estarán protegidos por la ley de accidentes del trabajo. Su afiliación obligatoria se alcanzará en forma gradual, considerando un período de tres años en que continúa con la afiliación voluntaria.

4. Trabajadores jóvenes:

Se crea un SUBSIDIO A LAS PRIMERAS 24 COTIZACIONES de los trabajadores entre 18 y 35 años que perciban ingresos inferiores a 1,5 veces el salario mínimo. Este subsidio permitirá fomentar el empleo juvenil, aumentar los empleos con contratos formales, e incrementar la cobertura y los fondos previsionales de los trabajadores jóvenes. Estará constituido por dos tipos de aportes: Un subsidio a la contratación, equivalente a un 50% de la cotización de un salario mínimo y un aporte directo a la cuenta de capitalización individual por el mismo monto. El subsidio entrará en vigencia 6 meses después de publicada la ley, estimándose que beneficiará a cerca de 300 mil trabajadores jóvenes en 2009.

5. Mayor competencia y menores costos en el sistema de AFP:

Para este propósito se harán LICITACIONES ENTRE LAS AFP DE LOS NUEVOS AFILIADOS. Esto significa que los nuevos trabajadores serán asignados, por hasta 24 meses, a la AFP que ofrezca la menor comisión en la licitación, lo que se estima disminuirá el valor de las comisiones cobradas por las Administradoras.

Se ELIMINAN LAS COMISIONES fijas por cotización, retiros y por transferencia de saldo, de modo de facilitar la comparación de precios entre administradoras. Se independiza de las AFP la administración del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), realizándose una licitación de este seguro para todos los afiliados, independiente de la AFP en la que se encuentren.

Adicionalmente, se autoriza la CREACIÓN DE AFP COMO FILIALES DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS y se establecen restricciones relativas a conflictos de interés y venta atada, estableciéndose normas sobre gobiernos corporativos para las AFP y las sociedades en las que invierten los fondos.

También se incentiva la SUBCONTRATACIÓN de servicios por parte de las AFP (entre éstas la atención al público y administración de cuentas y de fondos) estableciéndose que el pago de IVA por estos servicios podrá ser utilizado como un crédito al impuesto de primera categoría.

6. Mayor rentabilidad de los fondos de pensiones:

Se amplían las ALTERNATIVAS DE INVERSIÓN en Chile y en el exterior, lo que permitirá alcanzar mejores pensiones para los afiliados a las AFP. Se estima que un 1% de rentabilidad a lo largo de la vida activa aumenta en un 20% el monto de la pensión.

En el caso del límite de inversión en el exterior, se amplía hasta un 80%. Se flexibiliza el régimen de inversiones dejando sólo 5 límites establecidos por ley. Estas medidas permitirán mejorar la combinación de rentabilidad y riesgo de los ahorros previsionales de los trabajadores.

7. Fomento al Ahorro Previsional Voluntario (APV):

Se crea un mecanismo de AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO COLECTIVO, mediante el cual los ahorros realizados por los trabajadores son complementados por sus respectivos empleadores, mediante acuerdos entre cada empresa y sus trabajadores.

Se mantiene el actual beneficio tributario al APV, pero además se crea un nuevo incentivo al ahorro previsional voluntario dirigido a la clase media, que beneficiará a quienes perciban rentas de hasta 1, 5 millones mensuales. Esta medida, consiste en una bonificación equivalente al 15% del monto ahorrado voluntariamente por el trabajador.

8. Pago por el empleador del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia:

Se estableció que la cotización de este seguro (SIS) sea de CARGO DEL EMPLEADOR, en el caso de los trabajadores dependientes. Al traspasar el cobro de la prima al empleador se otorga mayor poder negociador al demandante respecto del oferente del seguro, ya que serán menos los actores que deberán pagar la prima del seguro.

9. Nueva Institucionalidad:

La Reforma Previsional incorpora nuevos beneficios, beneficiarios y partícipes del sistema que hacen necesario modificar la institucionalidad vigente, de modo de garantizar un otorgamiento eficientemente de los nuevos beneficios.

Para ello se crea el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL (IPS), responsable de la administración del Sistema de Pensiones Solidarias, de los regímenes previsionales que administra el INP y de los CENTROS DE ATENCIÓN PREVISIONAL INTEGRAL. Estos Centros están destinados a prestar servicios de tramitación de beneficios del Pilar Solidario, así como garantizar la prestación de servicios esenciales de información del sistema de pensiones para todos los usuarios.

También se crea una SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES con facultades fiscalizadoras para resguardar el correcto funcionamiento del sistema, incluida la posibilidad de designar un "inspector delegado" que resguarde la seguridad de los Fondos de Pensiones ante eventos que los pongan en riesgo.

Se refuerzan las capacidades de diseño de política pública y de evaluación del sistema por parte de la Subsecretaría de Previsión Social.

10. Participación de los Usuarios:

Se promoverá la participación en el sistema de pensiones, para lo cual se creará una COMISIÓN DE USUARIOS, que estará integrada por pensionados, trabajadores, representantes de los organismos administradores del sistema y un académico –que la presidirá-, donde se recogerán las evaluaciones que efectúen respecto del sistema de pensiones.

IV. Preguntas frecuentes y/o posibles

Debido a la cercanía en cuanto a tiempo de la puesta en marcha de la reforma previsional, las dudas de las personas (tanto medios, como dirigentes sociales y otras autoridades) están cada vez enfocándose más a la manera en que estos beneficios van a ser otorgados y a una mayor precisión del universo de los beneficiarios.

¿Cuánta gente va a recibir la Pensión Básica Solidaria (PBS) en julio de 2008?
Según las estimaciones que hay, los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias, que incluye la Pensión Básica y el Aporte Previsional Solidario y la subvención por vejez e invalidez, alcanzará a alrededor de 600.000 personas en esta primera etapa. En 2009 este universo subirá aproximadamente a 800.000 personas.

¿Cómo se va a determinar quienes pertenecen al 40% más pobre de la población?
En julio de 2008 serán beneficiarios del Pilar Solidario las personas que pertenezcan al 40% de los grupos familiares de menores ingresos (más pobres) de la población e irá aumentando anualmente en un 5% hasta llegar a las personas que pertenezcan al 60% de los grupos familiares de menores ingresos del país en 2012.

El instrumento que se utilizará para determinar quienes pertenecen a estos segmentos de la población (%) será durante los dos primeros años la ficha de protección social.

¿Cómo uno puede saber si le corresponde o no la PBS u otro beneficio del Pilar Solidario?
Las personas mayores de 18 años que actualmente reciben una Pensión Asistencial (PASIS) automáticamente serán beneficiaria de la PBS, a partir de julio de 2008. Estas personas no tienen que hacer nada, les llegará una carta a sus domicilios comunicándoles cuánto van a recibir desde julio de 2008.

Los nuevos beneficiarios del Pilar Solidario deberán acercarse a los Centros de Atención Previsional Integral (ex INP), a su AFP respectiva o a la Superintendencia de Pensiones –también habrá un call center y una página web para consultas- con su carné de identidad para preguntar por su situación. Estos lugares tendrán la información de los beneficiarios en línea, por lo que la respuesta se dará en ese mismo momento. Si la persona es beneficiaria deberá llenar un formulario para que sus datos queden registrados y posteriormente les llegará el pago.

Adicionalmente, se utilizarán otras redes complementarias como municipios, consultorios de salud u otros servicios en los que se entregará información, orientación y derivación (IOD).

¿Cómo y dónde se cobra este beneficio en caso de ser beneficiario?
Los cobros se realizarán en las actuales plazas de pago del INP que pasarán a ser plazas de pago del nuevo Instituto de Previsión Social. En el caso de ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario, el complemento a la actual pensión se sumará al pago que realiza la AFP, la compañía de seguros o el INP, para que se cobre todo junto y al mismo tiempo.

-¿Qué garantiza que se van a poder pagar las pensiones el 1 de julio?
Estamos realizando todas las acciones previas necesarias para pagar las PBS el 1 de julio y la entrega de los beneficios de manera eficiente, estamos preparando las herramientas jurídicas para precisar la manera en que se van a realizar estos cambios, estamos preparando la infraestructura, el soporte tecnológico y la adquisición de los insumos necesarios para entregar los beneficios a tiempo.

VAMOS A PAGAR LAS PENSIONES BÁSICAS SOLIDARIAS Y LOS APORTES SOLIDARIOS CON SEGURIDAD, CERTEZA Y AMABILIDAD.
NO EXISTE RIESGO EN EL PAGO.
REFORMA PREVISIONAL
TRANSICIÓN DE LOS BENEFICIOS


Entrada en Vigencia / PBS de vejez e invalidez / PMAS de vejez e invalidez / Cobertura

1 de Julio 2008 $60.000 $70.000 40%
1 de Julio 2009 $75.000 $120.000 45%
1 de Julio 2010 $75.000 $150.000 50%
1 de Julio 2011 $75.000 $200.000 55%
1 de Julio 2012 $75.000 $255.000 60%


Gentileza:
Ricardo Rabanal Bustos
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